1. FUNDAMENTO JURÍDICO.
Se encuentra en el artículo 26 de la Ley de Seguridad Social del Estado de Guanajuato, que señala:
“Artículo 26. Los pensionados y sus beneficiarios acreditarán su supervivencia en los meses de enero y julio de cada año”;
- De forma presencial en cualquiera de las oficinas del Instituto, o en los lugares que éste señale para tal fin;
- Por cualquiera de los medios tecnológicos que, en su caso, implemente el Instituto o convenios que al efecto se celebren; y
- Ante cualquier consulado mexicano o notaría pública, remitiendo la constancia original al domicilio del Instituto, tomándose como fecha de acreditación la de recepción del documento.
En caso de imposibilidad para cumplir con esta obligación y a juicio del Instituto, se podrá verificar la supervivencia en el domicilio del pensionado o beneficiario, solo si este se localiza dentro del Estado de Guanajuato.”
2. FORMAS DE ACREDITACIÓN.
En razón de que aún continúa la pandemia, el proceso de acreditación de supervivencia se llevará principalmente en cualquiera de las más de 200 Farmacias ISSEG, así como en las oficinas centrales del Instituto, en el Módulo de Seguros (antes pensionados y jubilados).
Para quienes radican fuera del Estado de Guanajuato, podrán acreditar su supervivencia ante el Notario Público de su elección, o ante su Consulado mexicano para el caso de residir en el extranjero. El documento que se les entregue, deberá ser enviado a la Dirección de Seguros del ISSEG.
Y en caso de no poder acudir personalmente a una Farmacia ISSEG por cuestiones de salud o movilidad, puede solicitarse el apoyo extraordinario en la siguiente liga: https://servicios.isseg.gob.mx/getTramite.aspx
3. OBLIGADOS A CUMPLIR LA ACREDITACIÓN.
- Pensionados directos (jubilación, vejez, invalidez o pensión por riesgo de trabajo), y
- Pensionados indirectos (beneficiarios por pensiones derivadas de muerte):
- Viudez,
- Orfandad,
- Hijos menores de 18 años (a través de cualquiera de sus padres o mediante su tutor),
- Hijos entre 18 y 25 solteros que estén estudiando, y
- Ascendientes por dependencia económica.
4. ¿QUÉ SE NECESITA EN CADA CASO PARA TENER POR ACREDITADA LA SUPERVIVENCIA?
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Huella |
Manifiesto |
Inexistencia |
Constancia |
Directos |
X |
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Viudez o |
X |
X |
X |
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Hijos entre 18 y |
X |
X |
X |
X |
Ascendientes |
X |
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Huellas.
- El sistema electrónico busca la huella en la base de datos.
- Si no la localiza, permite repetir la búsqueda con las huellas de los demás dedos.
- En caso de que en definitiva no se localice la huella, se genera un formato.
- Ese formato será llenado por personal del ISSEG y firmado por el pensionado.
- Si el beneficiario o pensionado no sabe o no puede firmar, podrá imprimir su huella digital y otra persona (puede ser quien la acompañe o cualquiera otra), deberá escribir la leyenda “Firma a ruego”, seguida de su nombre completo, fecha y firma, y anexar copia de su identificación.
Constancia de inexistencia de matrimonio.
- Es un requisito para las pensiones por viudez y de orfandad de mayores de 18 pero menores de 25 años.
- Por ser un documento oficial del estado civil de las personas, únicamente puede ser expedido por las Oficialías del Registro Civil del Estado de Guanajuato.
- Ante la contingencia sanitaria, la Dirección General de Registro Civil del Estado de Guanajuato, ha otorgado su apoyo a este Instituto para que ya no sólo en la capital se expida la Constancia de Inexistencia de Matrimonio, sino que, a partir de julio, serán 50 las oficialías ubicadas en 43 de los municipios del Estado, donde podrá obtenerse dicha Constancia. Para consultar el directorio de las 50 Oficialías, dar click aquí.
- Para ese trámite, los interesados deben agendar una cita aquí y seguir las instrucciones para enviar sus documentos (acta de nacimiento, identificación oficial con fotografía y pago de derechos).
Manifiesto de no concubinato.
- Igualmente es un requisito tanto para las pensiones por viudez, como las de orfandad para mayores de 18 y menores de 25 años.
- Se trata de un formato oficial ISSEG, que se proporciona al momento de ir a pasar la huella digital.
- Después de su llenado, debe firmarse por el pensionado indirecto.
- En caso de que el pensionado indirecto no pueda o no sepa firmar, se procederá también con la firma a ruego, igual que en el formato de huella.
5. CONSECUENCIAS DE NO ACREDITAR LA SUPERVIVENCIA
- Se suspende el pago de la pensión de manera indefinida, hasta en tanto no se acredite la supervivencia.
- Al ser una obligación de ley a cargo de los pensionados, no es posible dispensar la suspensión del pago de la pensión, si no se ha acreditado supervivencia.
- Como consecuencia, también se suspende el goce de las prestaciones económicas que se entregan con la pensión (bono de despensa) y aquellas cuyo pago único específico, coincida con el tiempo de la suspensión (como la prestación adicional y el aguinaldo).
- Cuando se acredite la supervivencia de manera extemporánea (fuera de enero y julio), se reincorporará el pago del pensionado a más tardar en la segunda quincena más próxima a la fecha de la acreditación.
ACREDITACIÓN EN LÍNEA
¿Eres pensionado directo y no puedes acudir a una Farmacia ISSEG? ¡No te preocupes!
Si tienes más de 65 años de edad y tu pensión es por jubilación, vejez o invalidez, puedes solicitar tu acreditación en línea.
Conoce el procedimiento para esta nueva opción en nuestro video tutorial e ingresa en el siguiente enlace para llenar tu solicitud https://servicios.isseg.gob.mx/
Acreditacion/Acreditacion.aspx
GRUPO DE RIESGO COVID-19
Por sus condiciones de edad, movilidad o salud, algunos pensionados están imposibilitados para desplazarse físicamente a alguna Farmacia ISSEG a fin de acreditar su supervivencia.
De igual forma, habrá jubilados y pensionados mayores de 60 años que además presenten algún padecimiento dictaminado por institución oficial de salud, de los definidos como vulnerables con motivo de la actual pandemia del COVID-19.
Por las anteriores razones, a fin de explorar opciones alternas para algunos de esos casos, te invitamos a que llenes el siguiente cuestionario, para saber si eres candidato para el apoyo extraordinario del ISSEG en tu acreditación.