Ayuda para gastos de funeral
Cuando un pensionado por vejez, jubilación, invalidez o riesgo de trabajo, fallezca, el Instituto otorgará una ayuda para gastos de funeral.
El importe será el equivalente a trescientos noventa veces de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) diaria vigente. Dicho pago se hará a la persona que acredite haberse hecho cargo de los gastos mencionados.